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El Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua del Tribunal Supremo promulgado en el 2005 y que entró en vigor en octubre de 2006, establece que estarán exonerados de tomar cursos de educación jurídica continua los abogados que obtengan del Colegio de Abogados de Puerto Rico una certificación de colegiado inactivo o colegiada inactiva. Esta categoría pretende cobijar a los profesionales del Derecho que por diversas razones no practican la profesión, pero se mantienen como miembros del Colegio de Abogados y continúan autorizados a ejercer la abogacía en Puerto Rico. Para viabilizar esta delegación, el Colegio de Abogados aprobó el 17 de diciembre de 2006 el “Reglamento para Certificar a los Colegiados Inactivos y Colegiadas Inactivas para Propósitos de Educación Jurídica”.

Se entiende que practica la profesión y tiene que cumplir con los requisitos del Reglamento todo aquel que realiza actos para cuya gestión se requiere estar autorizado a ejercer la abogacía o la notaría, así como brindar servicios cuya naturaleza suponga la utilización de conocimientos y destrezas legales, tales como la representación de clientes ante foros adjudicativos o la prestación de asesoramiento sobre asuntos de índole jurídica. Se entiende que un abogado o abogada practica la profesión incluso si realiza el acto o brinda el servicio como parte de un cargo público, de manera ocasional o sin recibir honorarios por ello. Esta opción es idónea para el abogado o la abogada que no vive ni practica la profesión en Puerto Rico.

Para que el Colegio de Abogados certifique a un profesional del Derecho como colegiado inactivo o colegiada inactiva, es necesario que éste acredite que al presente no practica la profesión y que quiere continuar, aunque con el estatus de inactivo, como miembro de Colegio. Cualquier información incorrecta o fraudulenta al respecto podría conllevar consecuencias disciplinarias. Para esto se tomará en cuenta cualquier discrepancia entre la información certificada al Colegio de Abogados y datos relevantes a la actividad profesional, tales como los informes presentados a la Oficina de Inspección de Notaría. Una vez obtenga la certificación del Colegio de Abogados, el profesional del Derecho debe presentar al Programa de Educación Jurídica Continua una “Solicitud de Relevo o Exoneración de Cumplimiento con el Requisito del Programa” (http://www.tribunalpr.org/sistema/supremo/PEJC/OAT-1412.doc). Es importante destacar que, conforme a la Regla 7 del referido Reglamento del Colegio de Abogados, los profesionales del Derecho están obligados a informar cualquier cambio en su estatus de inactividad.

Al obtener la certificación de colegiado inactivo o colegiada inactiva no se afecta el estatus de profesional admitido a ejercer la práctica de la abogacía en Puerto Rico, ni los deberes y privilegios que le confiere el ser miembro del Colegio de Abogados. El efecto de que no practique la profesión se limita a eximirle de cumplir con el Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua. Por último, debe estar claro que el término de colegiado o colegiada inactivo no equivale a una baja voluntaria ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Reglamento para certificar a los colegiados inactivos y colegiadas inactivas para propósitos de Educación Jurídica

 

Normativa
Reglamento de Educación Jurídica Continua (1998)
Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua (2005)
Documents in English
Rules of the Continuing Legal Education Program (2005)
Uniform Application for Accreditation of Continuing Legal Education (Word) (PDF)
Resolutions of Continuing Legal Education Program
Certification for Attendees and Fee for Approved Courses (PDF) (Word)
Complementary Sheet for Support Information (Word) (PDF)
Petition for Reconsideration (Word) (PDF)
Notification of Repetition or Changes in Approved Course (Word) (PDF)
Orientación
25 preguntas más comunes
Proveedores Certificados
Calendario de cursos aprobados
Colegiados Inactivos
Formularios
Solicitud para la aprobación o acreditación de un curso (PDF) (Word)
Diseño curricular para proveedores (PDF) (Word)
Notificación de Repetición o Cambio a Curso Aprobado (PDF) (Word)
Solicitud de relevo o exoneración de cumplimiento con el requisito del programa (PDF) (Word)
Hoja complementaria (PDF) (Word)
Solicitud de acreditación por participar como recurso o publicar obras de contenido jurídico (PDF) (Word)
Solicitud de reconsideración (PDF) (Word)
Solicitud de Apelacíon (Word) (PDF)
Certificación de asistentes y cuota correspondiente a cursos aprobados (PDF) (Word)