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» Regla 22 - Alegatos en recursos de certiorari

 

 

  1. Dentro de los treinta (30) días del recibo de la notificación a que hace referencia la Regla 35(c), la parte peticionaria presentará al Tribunal su alegato.
  2. Dentro de los treinta (30) días del recibo de la copia del alegato de la parte peticionaria, la parte recurrida presentará al Tribunal su alegato.
  3. Los alegatos se regirán por las disposiciones de la Regla 33 en cuanto a su forma y contenido.

Comentario:


Esta regla permanece igual a su equivalente en el anterior Reglamento del Tribunal Supremo de 13 de enero de 1995, según enmendada.