Rama Judicial de Puerto Rico
Regla 7 - Quórum

 

Cuatro (4) Jueces constituirán quórum para el Tribunal en Pleno. El quórum para una sala de tres (3) Jueces será la totalidad de quienes la componen.

Comentario:


Esta regla permanece igual a su equivalente en el anterior Reglamento del Tribunal Supremo de 13 de enero de 1995, según enmendada.