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César Comprador decidió adquirir un taller de reparación
de automóviles. A tal efecto, acordó verbalmente con Víctor
Vendedor la compraventa de su taller. Las partes pactaron que: (1) se
trataba de la venta global del taller con todos sus equipos, máquinas
y herramientas; (2) por el precio de $50,000; y (3) Comprador haría
un pago inicial de $25,000 y los restantes $25,000 al momento de la
entrega del taller dentro de los próximos 30 días. Comprador
inspeccionó minuciosamente el taller, hizo un inventario de lo
que allí había y pagó $25,000 a Vendedor.
Al vencimiento del término para la entrega, Comprador acudió
al taller, volvió a inspeccionarlo y se percató de que
faltaba el equipo para los trabajos de hojalatería y pintura.
Vendedor había retenido el equipo para establecer otro taller.
Comprador se negó a aceptar el taller y a pagar hasta que reinstalara
el equipo removido. Vendedor lo demandó y reclamó el pago
de los $25,000. Alegó que la compraventa era válida y
que no estaba obligado a entregar el equipo de hojalatería y
pintura. En la alternativa, ofreció la entrega de varias piezas
de automóviles cuyo valor excedía el costo del equipo
faltante. Comprador contestó y alegó que tenía
derecho a recibir el equipo que faltaba en el taller y a no pagar los
$25,000 hasta que ello ocurriera.
ANALICE, DISCUTA Y FUNDAMENTE:
- Si el contrato de compraventa era válido.
- Si Vendedor estaba obligado a entregar el equipo removido.
- Si Vendedor podía obligar a Comprador a aceptar las
piezas de automóvil en lugar del equipo de hojalatería
y pintura, ya que éstas tenían mayor valor.
- Si Comprador estaba obligado a pagar los $25,000.
- SI EL CONTRATO DE COMPRAVENTA ERA VÁLIDO
El contrato existe desde que una o varias personas consienten
a obligarse respecto de otra u otras, a dar alguna cosa, o prestar
algún servicio. Art. 1206 del Código Civil, 31 L.P.R.A.
3371. No hay contrato hasta que concurran los requisitos de: consentimiento
de los contratantes, objeto cierto que sea materia del contrato
y causa de la obligación que se establezca. Art. 1213 del
Código Civil, 31 L.P.R.A. § 3391. El contrato es obligatorio,
cualquiera que sea la forma en que se haya celebrado, siempre que
en el mismo concurran las condiciones esenciales para su validez.
Art. 1230 del Código Civil, 31 L.P.R.A. § 3451.
Por otra parte, en el contrato de compraventa uno de los contratantes
se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por
ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente. Art.
1334 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §3741. El contrato de
compraventa se perfecciona por el mero consentimiento, y desde entonces
las partes se obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente
pactado, sino también a todas las consecuencias que sean
conformes a la buena fe, al uso y la ley. Art. 1210 del Código
Civil, 31 L.P.R.A. §3375. En consecuencia, la compraventa queda
perfeccionada cuando las partes han convenido en la cosa objeto
del contrato y el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado.
Art. 1339 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §3746.
Conforme a lo anterior, el aspirante deberá concluir que
la compraventa se perfeccionó ya que hubo consentimiento,
objeto y causa y no era necesario que constara por escrito.
- SI VENDEDOR ESTABA OBLIGADO A ENTREGAR EL EQUIPO REMOVIDO
El vendedor deberá entregar la cosa vendida en el estado
en que se hallaba al perfeccionarse el contrato. Art. 1357 del Código
Civil, 31 L.P.R.A. § 3817. Por otra parte, la obligación
de dar cosa determinada comprende la de entregar todos sus accesorios,
aunque no hayan sido mencionados. Art. 1050 del Código Civil,
31 L.P.R.A. § 3014.
El aspirante deberá concluir, por tanto, que Vendedor estaba
obligado a entregar el equipo removido porque en la compraventa
global pactada su obligación de entregar el taller comprendía
la entrega del mismo con todos sus equipos, máquinas y herramientas.
Mercedes Bus Line v. Rojas, 70 D.P.R. 541 (1949).
- SI VENDEDOR PODÍA OBLIGAR A COMPRADOR A ACEPTAR LAS
PIEZAS DE AUTOMÓVIL EN LUGAR DEL EQUIPO DE HOJALATERÍA
Y PINTURA, YA QUE ÉSTAS TENÍAN MAYOR VALOR
El acreedor no puede ser obligado a recibir una prestación
distinta aun cuando ésta fuere de igual o mayor valor que
la debida. Art. 1120 del Código Civil, 31 L.P.R.A. § 3170.
El aspirante deberá concluir que Vendedor no podía
obligar a Comprador a recibir las piezas de automóviles que
no fueron objeto del contrato.
- SI COMPRADOR ESTABA OBLIGADO A PAGAR LOS $25,000
La norma sobre excepción de contrato no cumplido establece
que ninguna parte puede exigir el cumplimiento de la obligación
sin antes cumplir o intentar cumplir su propia obligación.
Art. 1053 del Código Civil, 31 L.P.R.A. § 3017; Martínez
v. Colón Franco, 125 D.P.R. 15 (1989).
El aspirante deberá concluir que ante el incumplimiento
de Vendedor de entregar íntegramente la prestación
debida (el taller con todos sus equipos, máquinas y herramientas),
Comprador no podía ser obligado a pagar el balance del precio
pactado o los $25,000.
GUÍA DE CALIFICACIÓN OPERACIONAL FINAL
PUNTUACIONES
- SI EL CONTRATO DE COMPRAVENTA ERA VÁLIDO
- El contrato existe cuando concurren los requisitos de consentimiento,
objeto y causa. (2 PUNTOS)
- Un contrato verbal obliga a las partes si concurren en el mismo
los requisitos esenciales para su validez. (2 PUNTOS)
- En el contrato de compraventa una parte se obliga a entregar
una cosa determinada y la otra a pagar por ella un precio cierto,
en dinero o signo que lo represente. (1 PUNTO)
- La compraventa se perfecciona y obliga a las partes a cumplir
desde el consentimiento. (1 PUNTO)
- La compraventa es obligatoria para las partes aunque ni la cosa
objeto del contrato ni el precio se hayan entregado. (1 PUNTO)
- El contrato de compraventa entre Vendedor y Comprador era válido
ya que se perfeccionó al concurrir los requisitos de consentimiento,
objeto y causa, aunque el mismo no constara por escrito. (2 PUNTOS)
- SI VENDEDOR ESTABA OBLIGADO A ENTREGAR EL EQUIPO REMOVIDO
- El vendedor deberá entregar la cosa vendida en el estado
en que se hallaba al perfeccionarse el contrato. (2 PUNTOS)
- La obligación de entregar una cosa determinada comprende
la entrega de la misma con todos sus accesorios aunque no se mencionaran
en el contrato. (1 PUNTO)
- Vendedor estaba obligado a entregar el taller con todos sus equipos,
máquinas y herramientas conforme a lo pactado incluyendo
el equipo de hojalatería y pintura. (2 PUNTOS)
- SI VENDEDOR PODÍA OBLIGAR A COMPRADOR A ACEPTAR LAS PIEZAS
DE AUTOMÓVIL EN LUGAR DEL EQUIPO DE HOJALATERÍA Y PINTURA,
YA QUE ÉSTAS TENÍAN MAYOR VALOR
- No se puede obligar al acreedor a recibir una cosa distinta aunque
ésta tenga un valor igual o mayor que la debida. (2 PUNTOS)
- Vendedor no podía obligar a Comprador a recibir las piezas
de automóvil en lugar del equipo de hojalatería y
pintura. (1 PUNTO)
- SI COMPRADOR ESTABA OBLIGADO A PAGAR LOS $25,000
- Una parte no puede exigir el cumplimiento de la otra parte sin
antes haber cumplido su propia obligación. (2 PUNTOS)
- Comprador no podía ser obligado a pagar los $25,000 sin
que Vendedor cumpliera su obligación de entregar el equipo
de hojalatería y pintura. (1 PUNTO)
TOTAL DE PUNTOS: 20
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